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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León califica el despido como improcedente siendo la primera empresa la que debe asumirlo pues el trabajador relevado decidió permanecer en ella, estando los contratos de relevista y relevado unidos. Considera el Tribunal que la segunda empresa no tenía obligación de subrogarse en la relación laboral del trabajador. Por ello, la que debe hacerse cargo del despido improcedente es la primera empresa, que debió haber mantenido al trabajador en su plantilla.
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