¿Es válida la doble escala salarial que establece diferencias retributivas entre trabajadores nuevos y veteranos?
Convenio colectivo y diferencias salariales: una cuestión de formación y experiencia
Sentencia del Tribunal Supremo del 29/10/2019 en materia de SALARIO
Resumen
Un sindicato demanda ante los tribunales, alegando que la diferencia salarial entre empleados nuevos y veteranos acorde al avance del plan de formación constituye una doble escala salarial ilícita.
Supuesto de hecho
- El convenio colectivo de una empresa establece
para los trabajadores contratados a partir del 01/01/2016, un itinerario
formativo con distintas fases que deben superar durante el tiempo marcado como
máximo en función de la valoración del puesto de trabajo que desempeñan.
- Durante ese proceso de formación o aprendizaje,
los trabajadores de nuevo ingreso percibirán un salario inferior al del resto
de la plantilla que se incrementará con el paso del tiempo con un límite de 30
meses para los puestos de mayor dificultad, momento en el que sus retribuciones
se igualan a las de los veteranos.
-
Un sindicato acude a los Tribunales alegando que
las diferencias salariales entre trabajadores noveles y veteranos previstas en
el convenio colectivo, constituyen una doble escala salarial ilícita.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión litigiosa consiste en determinar si
la diferencia retributiva que el convenio colectivo establece para los
trabajadores nuevos constituye una doble escala salarial válida.
- En primer lugar, el TS recuerda que la doctrina
ha venido declarando la nulidad de las dobles escalas salariales que
establezcan diferencias retributivas entre los trabajadores por la sola y única
circunstancia de su fecha de ingreso en la empresa.
- En cambio, se ha venido admitiendo la posibilidad
de que el Convenio Colectivo establezca diferencias cuando estas tengan una
justificación objetiva y razonable que salve esa diferencia de trato que en otro
caso resultaría contraria al principio de igualdad.
- Para que la diferencia salarial pueda ser
conforme al principio de igualdad, será necesario que el convenio colectivo
establezca la diferencia de modo transitorio, asegurando su desaparición
progresiva.
- En el supuesto concreto, existe un proceso de
formación en escuela formativa (fase de validación), a la que sigue otra fase
de calificación bajo el control de un mánager de área multifuncional y de un
tutor, que termina con la fase de homologación y el posterior paso al salario
del puesto de trabajo.
- De esta manera, el salario de ingreso previsto en
el convenio colectivo de empresa se va adaptando a cada una de esas fases que tienen
un salario diferente que se fija en función del tiempo de prestación de
servicios y de la valoración de la dificultad del puesto de trabajo que se va a
ocupar. Siendo de resaltar que los plazos de valoración son máximos, lo que
supone que la homologación y el paso al cobro del salario del puesto de trabajo
se puede producir antes de su agotamiento.
- Por tanto, no existe un trato peyorativo de los
trabajadores noveles cuando ingresan, ya que el desigual salario está
justificado objetivamente en que no tienen la misma capacidad funcional y
experiencia que los veteranos.
-
Consiguientemente, la diferencia retributiva
obedece a la existencia de una causa justificada, ya que la exigencia de un
proceso de formación y capacitación previa no se perpetúa en el tiempo porque, como máximo a los 30 meses, las retribuciones se igualan.
Conclusión Lexa
Para el Tribunal Supremo, las diferencias
salariales entre trabajadores de nuevo ingreso y el resto de la plantilla
estarán justificadas cuando se base en la exigencia de un proceso de formación
que no se perpetúa en el tiempo. En ese sentido, la sentencia declara válida la
doble escala salarial prevista en el convenio colectivo de una empresa al
entender que las diferencias retributivas entre trabajadores nuevos y veteranos
responden a un proceso de formación y capacitación cuya duración máxima es de
treinta meses, momento en el que las retribuciones se igualan.