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Para el TSJ de Madrid, la pérdida de una contrata que produce un impacto relevante sobredimensionando la plantilla justifica la amortización de los puestos de trabajo sobrantes y el despido objetivo de los trabajadores afectados, no existiendo obligación de la empresa de recolocar a los trabajadores afectados en otra de las contratas que mantenga vigente o que concierte con terceras empresas. En consecuencia, la sentencia declara procedente el despido objetivo derivado de la pérdida de una contrata que obligó a la empresa a reajustar la plantilla a las necesidades reales.
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