La no presentación de hojas de control por parte del conductor del vehículo a las autoridades, ¿da lugar a una única sanción o a múltiples sanciones?
Regulaciones y sanciones para conductores de transporte en la Unión Europea
Sentencia de Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 24/03/2021 en materia de DESPIDO DISCIPLINARIO Y SANCIONES
Resumen
El TJUE resuelve la cuestión prejudicial planteada por los Tribunales italianos sobre la obligatoriedad de los conductores de presentar las hojas de control del vehículo.
Supuesto de hecho
- Un trabajador presta sus servicios a una empresa como conductor.
- Los transportistas deben llevar a bordo del vehículo de transporte las hojas de registro del tacógrafo correspondiente al día en curso y de los 28 días anteriores.
- Además, el conductor está obligado a mostrar, a requerimiento de un agente de control, tanto las hojas de registro (discos diagramas) del día en curso, así como las utilizadas por el conductor en los 28 días anteriores.
- Ante las dudas que genera esta medida, un Tribunal italiano presenta una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión litigiosa consiste en determinar si la falta de presentación de hojas de registro de los conductores en carretera da lugar a una única sanción o a varias, en función de los días en los que se haya incumplido esta obligación.
- Asevera el Alto Tribunal Europeo que las autoridades competentes del Estado miembro del lugar del control estarán obligadas a constatar una única infracción con respecto a ese conductor y, en consecuencia, a imponerle una única sanción.
- De esta forma, se impide que las autoridades puedan imponer tantas sanciones como hojas de registros dejen de ser presentadas, al considerarla una infracción única e instantánea.
- No obstante, añade el TJUE que esa única sanción deberá graduarse en función del número de discos que el conductor profesional no aporte a los agentes de control.
Conclusión Lexa
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelve la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal italiano y considera que la no presentación en una inspección en carretera de las hojas de registro del tacógrafo correspondientes al día del control y a los 28 días anteriores serán objeto de una única sanción, independientemente del número de hojas de registro no presentadas.