¿La Generalidad de Cataluña está obligada a realizar test y entregar material de protección a los cuidadores de residencias frente al COVID-19?

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 04/05/2020 en materia de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Resumen

El TSJ estima parcialmente la solicitud de medidas cautelares de un sindicato y obliga a la Generalidad de Cataluña a proveer material de protección y hacer tests diagnósticos de coronavirus a todos los cuidadores de residencias de personas mayores de Cataluña.

Supuesto de hecho

  • Un sindicato solicita la adopción de medidas cautelarísimas con el fin de que la Generalidad de Cataluña facilite, en un periodo máximo de 24 horas, material de protección frente al Covid-19 y realizase tests diagnósticos de coronavirus a todos los cuidadores de residencias de personas mayores de Cataluña.
  • El sindicato argumenta que las residencias de mayores de Cataluña carecen de medios de protección exigibles que garanticen la salud y seguridad de sus empleados en la asistencia de un colectivo con una alta tasa de letalidad que, además, requiere de mayor atención y cuidado durante la pandemia. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si el Gobierno de Cataluña debe adoptar las medidas cautelarísimas solicitadas por el sindicato.
  • En primer lugar, el TSJ deja claro que los colectivos de mayor afectación por el COVID -19 se sitúan precisamente entre los sanitarios (y/o cuidadores) y las personas de mayor edad.
  • Lo que evidencia una verdadera situación de riesgo a la que se ven abocados muchos profesionales, en especial los que prestan servicios sanitarios que han de desarrollar su cometido en contacto con personas afectadas por esa enfermedad diagnosticadas o no.
  • Así lo corrobora la singular protección de las residencias de tercera edad y centros sociosanitarios ante la situación de crisis sanitaria, al reducir al mínimo posible el número de trabajadores en contacto directo con un residente enfermo, así como el tiempo de su exposición.
  • Sin embargo, la adopción de estas medidas, además de las relativas al aislamiento de pacientes y la limpieza, no agotan per se el riesgo de contagio por lo que habrá de proveérseles de los equipos de protección individual (EPI's) efectivos para evitarlo.
  • Pese a ello, concluye el Tribunal, no es posible admitir que su entrega se efectúe en el término de 24 horas porque el cumplimiento de este plazo puede venir condicionado por avatares ajenos a la responsabilidad del obligado, pero sí que aquél se produzca con carácter urgente e inmediato.

Conclusión Lexa

Para el TSJ de Cataluña, los sanitarios y/o cuidadores y las personas de mayor edad son el colectivo sometido a mayor riesgo de contagio por el Covid-19 por lo que precisan de especial protección. En consecuencia, estima en parte la solicitud de medidas cautelares provisionalísimas solicitadas por un sindicato y requiere al Departamento de Salud de la Generalidad de Cataluña y al Servicio Catalán de Salud que, con carácter urgente e inmediato, provean a todos los cuidadores de residencias de personas mayores de Cataluña de batas impermeables, mascarillas FFP2-FFP3, gafas de protección y guantes y les realicen los test para detectar el coronavirus.

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