El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña considera válida la readmisión de un trabajador en modalidad de teletrabajo, debido a las circunstancias del COVID 19. No obstante, se deja abierta la posibilidad de que más adelante el trabajador realice sus labores en la oficina.
El Tribunal Superior de Justicia considera que no constituye readmisión irregular enviar al trabajador a teletrabajo dada la situación provocada por el COVID 19, tras la condena a la readmisión por despido improcedente.
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