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El Tribunal Supremo considera que la empresa no está obligada a suministrar datos distintos de los que figuran en el documento original, en este caso el salario real del trabajador.
El Tribunal Supremo considera que, al no figurar el salario real en el contrato original, no existe obligación alguna de que también figure en la copia básica. Por tanto, es correcto no especificar el salario real en los contratos de trabajo.
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