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El Tribunal Superior de Justicia estima el recurso de suplicación interpuesto por la empresa, revoca la sentencia de instancia y declara la procedencia del despido disciplinario de la persona trabajadora. La Sala determina que las reiteradas deficiencias en las inspecciones técnicas de vehículos, con el consiguiente riesgo para la seguridad vial, sumadas al injustificado reparto de dinero en metálico con otros compañeros en tiempo de trabajo, revisten la gravedad y culpabilidad necesarias para consumar la pérdida de confianza y justificar la máxima sanción por fraude y deslealtad.
El despido disciplinario por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza resulta procedente cuando una persona trabajadora que presta un servicio vinculado a la seguridad pública (como un inspector de ITV) comete múltiples y reiteradas irregularidades técnicas en el desempeño de sus funciones. Si a estas negligencias operativas se suma el intercambio no justificado de cantidades de dinero en metálico con otros compañeros en las instalaciones de la empresa, la pérdida de confianza queda plenamente justificada para extinguir el contrato. Adicionalmente, los manuales y protocolos técnicos aprobados por resolución administrativa y publicados en el BOE constituyen una normativa aplicable imperativa que no requiere ser aportada como prueba documental en el juicio por la parte que la invoca.
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