Un jubilado solicita ante los tribunales la bonificación porcentual del 3% también durante el periodo de tiempo que estuvo trabajando bajo una jubilación parcial del 75%.
El Tribunal determina que las cotizaciones realizadas a tiempo parcial durante su jubilación parcial no pueden ser consideradas como cotización completa para efectos de la bonificación del 3% por año adicional cotizado. Así, los años trabajados a tiempo parcial tras esta edad no se consideran completos para calcular el aumento de la pensión.
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