El Tribunal Supremo desestima la pretensión del CIG debido a que el Tribunal Constitucional ya había resuelto la cuestión. A este respecto, el Constitucional entiende que el Real Decreto 1362 no vulnera el derecho a la negociación colectiva, ya que se trata de un mecanismo subsidiario que persigue exclusivamente evitar la situación de bloqueo en la empresa que haga peligrar su viabilidad o la de los puestos de trabajo.
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