¿Vulnera el derecho a la negociación colectiva el Real Decreto 1362?
La Confederación Intersindical Gallega desafía la constitucionalidad del Real Decreto 1362/2012 ante el Tribunal Supremo
Sentencia del del 17/08/2015
Resumen
La Confederación Sindical Gallega recurre ante el Tribunal Supremo el Real Decreto 1362/2012, que regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, y plantea la cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, por entender que la función decisoria atribuida a dicha Comisión, en caso de descuelgue, vulnera el derecho a la negociación colectiva, al permitir que un tercero ajeno a la negociación decida.
Supuesto de hecho
- La Confederación Intersindical Gallega (CIG) interpuso recurso contra el Real Decreto 1362/2012, que regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos.
- La CIG considera inconstitucional la normativa que desarrolla el Real Decreto 1362/2012, y solicita al Tribunal Supremo que plantee cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Consideraciones jurídicas
- El Tribunal Supremo desestima la pretensión del CIG por entender que existe pérdida de objeto, como consecuencia de la sentencia de 22 de enero de 2015 del Tribunal Constitucional, en la que se declara la constitucionalidad de las normas legales que desarrolla el Real Decreto 1362/2012.
- En la sentencia de 22 de enero del Tribunal Constitucional, se discute si la atribución de una función decisoria, en caso de descuelgue, a la Comisión Nacional de Convenios Colectivos o a los órganos autonómicos similares, vulnera el derecho a la negociación colectiva y a la libertad sindical, al permitir que sea un tercero ajeno a la negociación colectiva el que decida. Pues bien, el TC declaró que no existía vulneración alguna.
- No obstante, el Tribunal Supremo responde que ello no supone la vulneración de ningún derecho, ya que se trata de un mecanismo subsidiario que persigue evitar que la posible situación de bloqueo pueda perjudicar a la estabilidad de los puestos de trabajo o a la viabilidad de la empresa.
Conclusión Lexa
El Tribunal Supremo desestima la pretensión del CIG debido a que el Tribunal Constitucional ya había resuelto la cuestión. A este respecto, el Constitucional entiende que el Real Decreto 1362 no vulnera el derecho a la negociación colectiva, ya que se trata de un mecanismo subsidiario que persigue exclusivamente evitar la situación de bloqueo en la empresa que haga peligrar su viabilidad o la de los puestos de trabajo.