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Los sindicatos convocan una huelga intermitente en RENFE con sus servicios mínimos. Tras tres días de huega, se desconvoca sin tiempo de reacción para la empresa y provoca una merma seria en el servicio a los usuarios, por lo que la empresa demanda a los sindicatos.
La Audiencia Nacional concluye que la desconvocatoria sorpresiva y unilateral, especialmente en una empresa que brinda servicios de manera continua como RENFE, puede constituir un abuso de derecho y causar graves perjuicios a la empresa y a sus clientes.