¿Debe ser indemnizado un trabajador con incapacidad permanente absoluta a causa de radiaciones y productos químicos?
Incapacidad permanente denegada y luego aprobada: El caso de una auxiliar de clínica con síndrome de hipersensibilidad electromagnética y fibromialgia
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Supuesto de hecho
La trabajadora venía presentando sus servicios como Auxiliar de Clínica en la Universidad Complutense.
Las dolencias recogidas en el informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) señalaban que la trabajadora presentaba un síndrome de Hipersensibilidad electromagnética y ambiental, síndrome de fatiga crónica y fibromialgia.
Las citadas dolencias eran crónicas y sin ningún indicio de recuperación a lo largo del tiempo.
La Dirección Provincial del INSS denegó la prestación de incapacidad permanente al estimar que las lesiones padecidas por la trabajadora no presentaban reducciones anatómicas o funcionales que disminuyesen o anulasen su capacidad laboral.
En los informes aportados se explica que las dolencias sufridas por la trabajadora tenían como base la patología de Hipersensibilidad electromagnética y ambiental, y por este motivo se encontraba imposibilitada para desempeñar cualquier tipo de actividad laboral por la continuada y cotidiana exposición química y electromagnética, a la que se encuentra sometida la trabajadora en cualquier tipo de trabajo.
Consideraciones jurídicas
La sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid señala diversas sentencias del propio Tribunal Superior de Justicia en las que se incide en el hecho de que aunque las manifestaciones sintomáticas de la fibromialgia y de la fatiga crónica tengan un componente subjetivo al no poder detectarse por pruebas objetivas. No obstante, ello no implica que puedan presentarse informes médicos que acrediten y reconozcan entidad suficiente para anular la capacidad laboral.
Tomando como base lo reseñado, el Juzgado estima la demanda, reconociendo probado que la actora no está en condiciones de realizar las labores fundamentales de su profesión con un adecuado nivel de profesionalidad y rendimiento. Por ello, declara a la trabajadora afectada por una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común y beneficiaria de una prestación económica equivalente al 100% de la base reguladora.
Conclusión Lexa
El Juzgado declara a la trabajadora afectada por una incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común y beneficiaria de una prestación económica equivalente al 100% de la base reguladora.
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