¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
La cuestión litigiosa consiste en determinar si existe una sucesión empresarial cuando una compañía suscribe un nuevo contrato de arrendamiento de local tras finalizar la empresa saliente el arrendamiento de servicios, con un posterior cierre de empresa.
El TSJ considera que no opera la figura de la sucesión empresarial entre la compañía que rescinde el contrato de arrendamiento de local de negocio y la nueva arrendataria, al no tratarse del arrendamiento de una estructura productiva autónoma, sino de unos locales vacíos, con independencia de coincidir la actividad empresarial. En consecuencia, el TSJ considera que la rescisión del contrato de arrendamiento de salas de cine constituye justa causa de despido objetivo de los trabajadores.
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.