En este caso concreto, el Tribunal entiende que no existe relación laboral, en el caso de un odontólogo con distintos conciertos con clínicas privadas, en las que atiende a pacientes de las mismas y a otros propios, con la infraestructura material y personal de aquellas y según el precio que estas fijan, participando en el 50% de los ingresos generados.
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