¿Cómo funciona el permiso por hospitalización de familiares?
Desacuerdo sobre la interpretación del Convenio colectivo de CEPSA: Debate sobre licencias retribuidas durante hospitalización domiciliaria
Sentencia de Tribunal Supremo del 05/03/2012
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Supuesto de hecho
Tiene lugar la publicación en el BOE del Convenio colectivo de CEPSA,
Más tarde, tiene lugar un debate entre la Representación de CEPSA y la de los del Comité Intercentros, sobre la interpretación de las licencias retribuidas cuando existe hospitalización domiciliaria.
Además, se levanta acta en la que se manifiesta su disconformidad con la interpretación que hizo en su día la empresa, ya que considera que, independientemente del tiempo de duración de la hospitalización, los días de licencia deben ser los que están previstos en el Convenio Colectivo, sin que quepa minoración.
Más tarde, y a raíz de la diferencia de criterio existente, la Representación de los Trabajadores solicita trámite previo a la interposición de reclamación judicial.
Consideraciones jurídicas
En primer lugar, el Tribunal afirma que la Ley y el Convenio sólo hablan de "hospitalización", sin distinguir entre las causas que la motivan, ni condicionar el disfrute de la licencia a la concurrencia de otro requisito.
Pues bien, es evidente que el permiso en cuestión no puede estar destinado a "holganza, viajes o asuntos propios" del trabajador, pero su causa remota tampoco tiene por qué agotarse en el cuidado o atención al familiar, porque la enfermedad o el ingreso hospitalario de éste puede requerir de aquél otro tipo de dedicación, que igualmente pueda justificar la ausencia al trabajo del primero.
La Sala establece que el permiso por hospitalización de pariente ha de ser concedido, cuando concurran el resto de los elementos que configuran tal derecho, "con independencia de que dicho familiar siga o no hospitalizado".
Es decir, sin que el simple parte de alta hospitalaria conlleve de forma automática la extinción o finalización del permiso.
Así, el alta hospitalaria no determina por sí misma la finalización del permiso.
No obstante, matiza el Tribunal, el alta hospitalaria que se produzca el primero o segundo día priva de objetivo a la utilización del permiso completo si va acompañada de alta médica.