Extinción del Contrato de la Encargada Limpieza por Reducción de Precios y Plantilla
Justificación Legal de la Extinción de Contrato por Reducción de Actividad en Contrata de Limpieza de Mercedes Benz
Sentencia del Tribunal Supremo del 31/01/2013 en materia de OTROS DESPIDOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Resumen
Se debate la legalidad de la terminación del contrato de una encargada de zona de una empresa de limpieza que prestaba servicios en Mercedes Benz. La empresa alega causas objetivas debido a una reducción de precios y plantilla acordada con Mercedes Benz. La pregunta central es si esta terminación cumple con el acuerdo y es legal en virtud de la carta de intenciones firmada con Mercedes Benz.
Supuesto de hecho
- La actora ha venido prestando servicios para la demandada empresa de limpiezas, en el centro de trabajo de Mercedes Benz, con la categoría de encargada de zona, siendo la actividad de la empresa la de limpieza de edificios y locales.
- La empresa demandada y Mercedes Benz tenían suscritos sendos contratos de arrendamiento de servicios de limpieza y mantenimiento con fecha de finalización, el 15-2-2010.
- La empresa y Mercedes Benz suscribieron el 8 de febrero de 2010 una carta de intenciones por la que la segunda se comprometía a prorrogar los contratos de arrendamiento de servicios y mantenimiento, siempre que se produjera una reducción del servicio, con la consiguiente reducción del precio de los contratos y de la plantilla adscrita a los mismos y se suscribiera un nuevo convenio colectivo.
- La empresa de Limpieza y Mercedes Benz España SA suscribieron sendos contratos de arrendamiento de servicios de limpieza y mantenimiento cuyo precio conjunto anual se reducía en un 20%.
- La empresa remitió carta a la actora notificándose la extinción de su contrato por causas objetivas, en la que hacía constar que era necesaria la reducción de la plantilla en proporción similar a la sufrida por el precio del servicio.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión objeto de debate se ciñe a determinar si la finalización de una contrata, seguida de otra con la misma empresa en la que el encargo es menor, justifica la amortización de los puestos de trabajo sobrantes.
- La Sala considera que ha quedado acreditado que, tras la finalización de la contrata entre la empresa de Limpieza y Mercedes Benz, se suscribió una nueva contrata en febrero de 2010, si bien con una reducción de actividad y del precio inferior en un 20% al que tenia la contrata anterior.
- El Supremo considera que tal situación justifica el despido de la actora atendiendo a que el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores, en la fecha en la que se produjo el despido, señala que ha de acreditarse que el despido ha de contribuir a "superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de la empresa a través de una mejor organización de los recursos".
- El Tribunal considera acreditada la racionalidad de la medida, en aras a la eficacia de la organización productiva, teniendo en cuenta la disminución del volumen de contrata y su importe. Asimismo, considera adecuada la elección de la trabajadora afectada, teniendo en cuenta el número de trabajadores existente en la empresa y la ratio de productores/encargados de zona.
Conclusión Lexa
La presente sentencia considera procedente la extinción por la reducción del volumen de la contrata. Asimismo, considera procedente el despido de la trabajadora en concreto, ya que en la zona donde trabajaba era razonable en atención a la proporción de trabajadores con la disminución de la contrata.