El TSJ considera que carece de fundamento el miedo insuperable al contagio propio o a terceros, como causa que justifica las ausencias al trabajo del trabajador.
El TSJ considera que el miedo insuperable al contagio de COVID 19, tras una baja por IT, no es causa suficiente para la ausencia reiterada en su puesto de trabajo y confirma la procedencia del despido del trabajador.
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