¿Esta permitida la paga extra a empleados públicos de administraciones locales, y a funcionarios de los ministerios?
La paga de Navidad de 2012 a funcionarios y empleados públicos: controversias y restituciones
Sentencia de Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del 30/01/2014 en materia de SALARIO
Resumen
En julio de 2012, el Gobierno eliminó la paga de Navidad para funcionarios y empleados públicos en España, proponiendo su restitución parcial desde 2015. Un funcionario de prisiones solicitó el cobro proporcional de esta paga antes del decreto de recortes, pero su petición fue denegada, por lo que recurrió a los tribunales.
Supuesto de hecho
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En julio de 2012, el Gobierno de Mariano Rajoy decidió suprimir la paga de Navidad a todos los funcionarios y empleados públicos.
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Asimismo, el compromiso pasaba por restituir la cantidad correspondiente a la paga extra a partir de 2015, mediante su ingreso en los planes de pensiones de los funcionarios.
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No obstante, la complejidad del sistema de empleo público, donde conviven funcionarios, interinos, laborales y eventuales, ha complicado la aplicación de la norma.
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En este caso concreto, se trata de un funcionario del cuerpo de ayudantes de instituciones penitenciarias, dependiente del Ministerio del Interior.
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El funcionario solicitó en septiembre de 2012 el cobro de la parte proporcional de la paga extra antes de la entrada en vigor del decreto de recortes del Gobierno, el 14 de julio de ese año.
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Pero la dirección del centro penitenciario donde estaba destinado (Lugo Matorroso) lo rechazó.
Consideraciones jurídicas
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El Juzgado censura la retroactividad del RDL 20/2012, al considerar que viola el principio de seguridad jurídica.
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Asimismo, considera que la paga extraordinaria es un concepto retributivo fraccionable, por lo que el RDL 20/2012 no puede afectar al derecho consolidado de percepción de la paga extraordinaria devengada parcialmente hasta la fecha en que el mismo entró en vigor.
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Por todo ello, el Juzgado obliga al Ministerio del Interior a devolver la parte proporcional de la paga extraordinaria suprimida en diciembre de 2012.
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En concreto, obliga a que le sea abonada la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente correspondiente al periodo comprendido desde el 1 de junio hasta el 14 de julio de 2012, así como la parte proporcional del complemento específico y demás cantidades que deberían abonarse junto con la paga extraordinaria.
Conclusión Lexa
Se trata de la primera sentencia en contra de la Administración General del Estado (AGE), pues hasta ahora los tribunales se habían pronunciado a favor del abono de la paga extra de los empleados públicos de administraciones locales o regionales, y no a los funcionarios de los ministerios.