¿Está obligado el trabajador a la remisión de los partes de baja a través de una aplicación informática?

¿Está obligado el trabajador a la remisión de los partes de baja a través de una aplicación informática?
Sentencia del Audiencia Nacional del 16/11/2022 en materia de INCAPACIDAD TEMPORAL

Resumen

La AN determina que la remisión obligada de los partes médicos del trabajador por medio de una aplicación informática excede del mandato empresarial. Considera que se impone la participación obligada en la gestión administrativa informatizada, declarando la nulidad del manual creado por la empresa.

Supuesto de hecho

  • La empresa desarrolla su actividad en el sector de Contact Center, resultando de aplicación el Convenio Colectivo de ámbito estatal del propio sector.
  • La plantilla podía adelantar por correo electrónico los partes de baja médica, sin perjuicio de posteriormente entregarlos en la empresa o por correo ordinario.
  • En fecha 26/07/2022, se comunica a los trabajadores el nuevo procedimiento de comunicación de partes médicos a través de una aplicación informática plasmado en un manual.
  • A partir de la confección del manual, quedan deshabilitado por el empresario la remisión por correo de estos partes. 

Consideraciones jurídicas

  • La controversia litigiosa consiste en declarar o no la nulidad del Manual de Comunicación de Bajas Médicas.
  • En primer lugar y conforme al artículo 7.1 del RD 625/2014, la norma obliga al trabajador a hacer entrega al empresario del parte médico de baja, alta y confirmación.
  • Sin embargo, no se determina el medio por el que debe realizarse la entrega de dichos documentos, entendiendo que como es una obligación para el trabajador, será éste quien la determine cuando no se establezca nada en la norma colectiva.
  • En el supuesto concreto, razona la sentencia, el manual que impone el empresario no supone un simple mecanismo de remisión, sino que se utiliza para llevar a cabo la gestión informatizada de los documentos.
  • En conclusión, el mandato empresarial se excede de la obligación de entregar dicho arte al empresario, al obligarle a colaborar en el tratamiento informático.

Conclusión Lexa

La AN declara la nulidad del Manual de Comunicación de Bajas Médicas al considerar que la imposición del empresario no supone un simple mecanismo de remisión de los partes médicos, sino que se utiliza para llevar a cabo la gestión informatizada de dichos documentos. 

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