Para el TSJ, el contrato para obra o servicio vinculado a la duración de la contrata que se mantiene durante 14 años no es válido por lo que se convierte en indefinido, al ser la contrata, con el paso de los años y sucesivas novaciones, actividad permanente de la empresa contratista, dejando de existir las causas que legalmente habilitan la contratación temporal.
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