¿Es válido un despido en el que no concurran causas objetivas?
Demanda por despido improcedente: Tribunales consideran vulnerados los derechos del trabajador
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de C. Valenciana del 06/05/2020 en materia de CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR (REDUCCIÓN Y ADAPTACIONES DE JORNADA)
Resumen
El TSJ de Valencia, desestima el recurso de suplicación interpuesto por la Administración, y considera el despido de un trabajador improcedente por entender que no existen razones objetivas que lo justifiquen. Considera también que la indemnización no se corresponde con el cargo que ostentaba.
Supuesto de hecho
- Un trabajador demanda a la administración alegando la improcedencia de su despido, pues no están claras las causas que lo motivaron.
- El Tribunal de Instancia estimo la demanda presentada por el trabajador y declaró improcedente el despido.
- Disconforme con el fallo, la Administración recurre en suplicación ante los Tribunales.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión litigiosa consiste en determinar si el despido del trabajador debe ser calificado como improcedente o no.
- El TSJ de Valencia, considera que se han vulnerado los derechos del trabajador, pues al ostentar este un cargo directivo, no le serian aplicables los cálculos indemnizatorios estipulados en la normativa local, pues sería contrario a la Directiva Europea.
- Además, no se le han dado al trabajador, los argumentos necesarios para que su despido sea considerado procedente
Conclusión Lexa
El TSJ de Valencia, desestima el recurso interpuesto por la Administración, al considerar que el despido del trabajador es improcedente al no existir razones objetivas. Además, eleva la cuantía indemnizatoria al considerarla insuficiente.