El INSS declaró que la trabajadora, médico de un centro de salud público, había percibido indebidamente el subsidio por incapacidad temporal y maternidad por haber compatibilizado el mismo con su trabajo en un centro privado. El Tribunal Supremo resuelve en idéntico sentido, considerándola una conducta fraudulenta.
El Tribunal Supremo considera fraudulenta la conducta de una trabajadora que, mientras percibía una prestación por incapacidad y maternidad, trabajó de forma simultánea en otra empresa.
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