Para el TSJ el pago prorrateado de la indemnización por finalización de contrato y su inclusión en las nóminas de cada mes, es válido siempre que sea a cuenta de lo que finalmente pueda corresponder al trabajador y tal forma de abono resulte favorable al mismo, puesto que le asegura la percepción de la indemnización de manera anticipada a la finalización de su contrato temporal. En concreto la sentencia desestima el recurso interpuesto por el trabajador y considera ajustado a derecho el acuerdo por el que se abona la indemnización correspondiente por finalización del contrato de forma prorrateada durante la vigencia del contrato.
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