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El Juzgado nº 3 de Sabadell avala la prohibición de despedir durante el estado de alarma recogida en el RD 8/2020 y declara nulo el cese de una trabajadora con un contrato temporal por obra y servicio que fue despedida durante el Estado de Alarma debido a la bajada de producción como consecuencia del coronavirus, obligando a la empresa a readmitir a la empleada y abonarle los salarios de tramitación
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