El TSJ de Madrid confirma la procedencia del despido, pues considera que la trabajadora cometió una falta grave al promocionar su propio negocio en las redes sociales mientras se encontraba de baja por IT, más aun tratándose del mismo del mismo sector de actividad que el de la empresa.
Así pues, el TSJ desestima el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora y ratifica la declaración de procedencia del despido, al considerar que los hechos revisten la suficiente gravedad como para justificar la medida adoptada por la empresa, al promocionar su negocio propio por redes sociales y siendo del mismo sector de la empresa en la que trabaja.
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