¿Es válido el despido de un trabajador que mostró una conducta libidinosa hacia una subordinada durante la cena de Navidad?

Despido por acoso: el Tribunal Superior de Justicia de Madrid respalda la decisión de una empresa tras comprobar la veracidad de un incidente de acoso sexual durante un cóctel navideño

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 30/11/2020 en materia de DESPIDO DISCIPLINARIO Y SANCIONES

Resumen

El TSJ de Madrid confirma el despido de un trabajador por acoso sexual a una subordinada, pues considera acreditado que la trabajadora se sintió acosada por su superior y no simplemente cortejada, como el jefe trató de defender para invalidar su despido.

Supuesto de hecho

  • El 19 de diciembre de 2019, el empresario ofrece a sus trabajadores un coctel de navidad en un hotel.
  • Entre otros asistentes, acudieron a dicho evento la trabajadora contratada como mozo de almacén y el jefe de esta sección.
  • En el transcurso del cóctel, el jefe de sección sale a fumar a un espacio abierto cerca de la escalera de incendios. Al mismo lugar acude a fumar la trabajadora que inicia una conversación con su jefe con el objeto de preguntarle sobre su rendimiento y consideración en el trabajo.
  • No obstante, el jefe aprovechó el momento para establecer contacto físico no decoroso con ella, llegando a tocarle el culo, y le sugirió continuar la fiesta en una habitación del hotel, invitación que ella rehusó repetidas veces y procedió a marcharse del lugar.
  • Pocos días después, la trabajadora denuncia lo ocurrido ante el buzón ético de la empresa.
  • Al comprobarse la veracidad de los hechos, la empresa despide a este trabajador por acoso. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si es procedente el despido de un trabajador por realizar tocamientos a una subordinada durante la cena de Navidad.
  • El Tribunal establece que, en este caso, existió acoso sexual, por concurrir abuso de superioridad del jefe por su posición jerárquica en la empresa, al utilizar la preocupación profesional de la trabajadora para establecer contacto físico con ella de carácter, objetivamente, libidinoso.
  • Además, la situación interpersonal desigual entre ambos -superioridad jerárquica de él- provoca que no sea fácil dar señales más reactivas de no aceptación por parte de la trabajadora.
  • Asevera también este tribunal, que la situación sí ocurrió en un contexto laboral, ya que se desarrolló durante un evento de la empresa y a raíz de una conversación referente al rendimiento de trabajo de la empleada.
  • Por tanto, el TSJ de Madrid avala el despido de este trabajador, ya que considera probado que la trabajadora se sentía acosada por su superior y no simplemente cortejada, como el jefe trató de defender para invalidar su despido.                                   

Conclusión Lexa

El TSJ de Madrid confirma la procedencia del despido de este trabajador, pues considera probada la existencia de acoso sexual y no un simple flirteo como intentaba justificar el jefe acosador. Así mismo, añade que la medida tomada por la compañía tras la oportuna investigación resulta proporcionada.

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