El TSJ de Andalucía declara la procedencia del despido del trabajador al considerar que su conducta de no registrar las ventas realizadas en el TPV encaja en una falta muy grave, en cuanto su actuación determina una pérdida de confianza por parte del empleador, con independencia de que conste, o no, un beneficio económico para el trabajador.
El TSJ de Andalucía declara ajustado a derecho el despido del trabajador, al considerar acreditados los incumplimientos del trabajador, que han provocado la pérdida de confianza por parte de la empresa debido a su deslealtad (no registrar ciertas ventas en el TPV), sin que ello pueda ser considerado como una mera falta de diligencia, sino como una conducta intencionada y reiterada.
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