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El Tribunal Supremo considera ajustados a Derecho los despidos efectuados en el marco del ERE, ya que concurren las causas productivas y organizativas alegadas por la pérdida o finalización de la contrata, a la que la empresa dedicaba un volumen considerable de la plantilla del centro de trabajo afectado por las extinciones.
Por todo lo expuesto, el Tribunal Supremo concluye que concurren las causas productivas y organizativas alegadas por la pérdida o finalización de la contrata, a la que la empresa dedicaba un volumen considerable de la plantilla del centro de trabajo afectado por las extinciones, a pesar de las nuevas contrataciones que se llevaron a cabo para paliar este desajuste.
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