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El Tribunal Supremo considera como procedente el despido de un trabajador en base a la IPA declarada a su empresario pese a pasar 10 meses desde que le fue declarada esta incapacidad por mantenerse la conexión entre ambas.
El Tribunal Supremo considera que se mantiene la conexión entre la declaración de la incapacidad permanente absoluta y la decisión de ruptura de la relación laboral, generando validez de la extinción conforme al art. 49.1 g), por lo que el despido resulta procedente.
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