¿Es Válido un Despido Objetivo Sin Pagar Indemnización Inmediata?
Despido Objetivo Validado por Insuficiencia de Liquidez: La Legalidad de No Pagar Indemnización Inmediata
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León del 03/02/2011 en materia de DESPIDO OBJETIVO
Resumen
Una empresa despidió a un trabajador argumentando causas económicas, pero no proporcionó al trabajador la indemnización legal correspondiente por insuficiencia de liquidez.
Supuesto de hecho
- La empresa entregó carta de despido objetivo por causas económicas al trabajador.
- Junto a la entrega de la carta la empresa no puso a disposición del trabajador la indemnización legal de 20 días de salario por año de servicio, al no disponer de liquidez suficiente para hacer dicho pago, tal y como señaló en la carta.
Consideraciones jurídicas
- La sentencia señala que, si bien la empresa no ha puesto a disposición de la trabajadora la indemnización legal lo ha sido porque la empresa carece de liquidez, teniendo en cuenta las pérdidas económicas de la empresa y las deudas que mantiene con la Seguridad Social.
- En el presente supuesto, y tras valorar la prueba practicada se concluye lo siguiente: que la causa alegada por la empresa para extinguir el contrato de la demandante es económica; y que es precisamente la situación que atraviesa la empresa la que impide poner a disposición del trabajador la indemnización de 20 días de salario por año de servicio, existiendo indicios suficientes para confirmar la realidad de la situación alegada por la empresa.
- Esos indicios no se limitan a la constatación de la existencia de cuantiosas pérdidas económicas en los últimos ejercicios sino también a las deudas con la Seguridad Social.
- Ello se considera suficiente para acreditar que la empresa no tiene liquidez, y que, por tanto, no le ha sido posible poner a disposición del trabajador la indemnización. En estos casos, sí es posible no poner a disposición la indemnización de 20 días por año, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores
Conclusión Lexa
La sentencia valida el despido objetivo, considerando procedente la
justificación de la empresa basada en sus dificultades económicas demostrables.