¿Es válida la modificación sustancial de las condiciones de trabajo con efectos retroactivos?
La AN considera que, bajo el amparo de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 ET), la empresa no puede eludir responsabilidades adquiridas con antelación.
Sentencia del Audiencia Nacional del 27/09/2021 en materia de MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
Resumen
La AN considera que, bajo el amparo de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (art. 41 ET), la empresa no puede eludir responsabilidades adquiridas con antelación. En concreto, el empresario no puede en 2021 alterar las condiciones que generaron en 2020 el percibo de la retribución variable, cuando los afectados prestaron sus servicios en ese año 2020 vigente el sistema de percibo del bonus.
Supuesto de hecho
- El sistema de retribución variable existente en la empresa consistía en multiplicar el bonus target por la suma ponderada de cuatro componentes ligados a las ventas globales de área e individuales.
- En febrero de 2021, la empresa comunica a los sindicatos su intención de llevar a cabo la modificación de los sistemas de distribución.
- Tras el periodo de consultas finalizado sin acuerdo, la empresa comunicó la siguiente decisión a todo el personal: establecer un nuevo sistema de retribución variable con efectos de 2021 y suprimir la retribución variable de 2020.
- En concreto, la empresa alegó que “atendiendo a la situación de la empresa y las causas objetivas concurrentes”, no se abonaría la retribución variable en ningún caso, independientemente de que se hubieran cumplido las condiciones y objetivos para su abono.
- Disconformes con la decisión empresarial, los sindicatos interponen demanda de conflicto colectivo ante los Tribunales.
Consideraciones jurídicas
- La cuestión litigiosa consiste en determinar si es válida la modificación sustancial de las condiciones de trabajo con efectos retroactivos, suprimiendo el sistema de retribución variable generado y correspondiente al año anterior. En concreto, si el empresario puede en 2021 alterar las condiciones que generaron en 2020 el percibo de la retribución variable.
- La Sala comienza recordando que, si bien es cierto que el artículo 41 ET reconoce la facultad empresarial de modificar sustancialmente condiciones de trabajo, entre ellas los sistemas de remuneración y cuantía salarial, lo hace con la finalidad de reparar alguna causa ETOP que dificulte o impida el correcto desenvolvimiento de la actividad empresarial.
- Se trata de medidas que, justificada la causa, se proyectan hacia el futuro, alterando determinados compromisos contractuales con el objetivo de que dichas causas puedan ser neutralizadas. Pero en ningún caso, bajo el amparo de una MSCT, la empresa puede eludir compromisos ya adquiridos en el pasado.
- Por tanto, a juicio de la AN, el deudor no puede verse exonerado del cumplimiento de las obligaciones contractuales que ya se han incorporado al patrimonio del acreedor. En otras palabras, no cabe que el empresario deje de abonar el salario por los servicios ya prestados por sus empleados.
- Tampoco cabría invocar la cláusula rebus sic stantibus para hacer valer una alteración extraordinaria de las circunstancias como consecuencia de la COVID-19. Esto es así, ya que, en el marco de las relaciones laborales, puede haber un ajuste debido a causas económicas en los términos establecidos bien en el artículo 51 del ET, bien en el artículo 41 del ET, pero tampoco validaría actuaciones empresariales adoptadas unilateralmente y con efectos retroactivos sin seguir los cauces procedimentales legalmente establecidos.
Conclusión Lexa
La Audiencia Nacional considera que no existen causas económicas legales que avalen la supresión de la Retribución Variable del año 2020, ya que una MSCT no permite eludir las responsabilidades laborales contraídas con anterioridad, dejando de abonar el salario debido (en este caso, retribución variable) por los servicios ya prestados por sus empleados.