¿Es válida un acta de conciliación en la que se firma una indemnización mucho menor a la que corresponde legalmente?

Es válida la indemnización que se pacte en un acto de conciliación

¿Es válida un acta de conciliación en la que se firma una indemnización mucho menor a la que corresponde legalmente?
Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 10/10/2023 en materia de OTROS DESPIDOS Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO

Resumen

El TSJ de Madrid considera válida el acta de conciliación firmada por el trabajador y la empresa en la que se establece una indemnización 31 veces menor a la que le correspondería. 

Supuesto de hecho

  • El trabajador venía prestando servicios para la empresa desde el año 2009, con un contrato de carácter indefinido.
  • El día 1 de septiembre de 2022 el trabajador firmó con la empresa demandada un acuerdo sobre la extinción de su relación laboral con percibo del importe de 1.000 euros en concepto de indemnización y reconocimiento de la improcedencia del despido.
  • Ese mismo día, el trabajador acudió a urgencias por un cuadro de estrés.
  • El trabajador presentó demanda de impugnación de conciliación, además de presentar en años previos diversas demandas frente a su empresa. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si es válida el acta de conciliación que reconoce una indemnización por despido de 1.000€, 31 veces menos de lo que le corresponde es válida. 
  • En primer lugar, el art. 67 LRJS establece que el acuerdo de conciliación podrá ser impugnado por las partes.
  • Razona la sentencia que no se observa disconformidad alguna con los términos pactados en el acto de conciliación por parte del trabajador. 
  • A su vez, los tribunales analizan las circunstancias personales y de salud del trabajador, aunque, no tienen especial relevancia para el caso ya que surgen de manera posterior al acto de conciliación.
  • Por tanto, la sentencia desestima el recurso y considera válida la indemnización pactada. 

Conclusión Lexa

El TSJ de Madrid desestima el recurso y considera válida la indemnización pactada por el trabajador y la empresa en acto de conciliación mucho menor a la que se establecía para ese caso. 

Enlace

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