¿Es procedente el despido de un trabajador que abandona su puesto de trabajo sin autorización de la empresa?

Despido Procedente por Incumplimiento de la Buena Fe: El Tribunal Supremo Ratifica Sanción a Trabajador con Doble Contrato Laboral

Sentencia del Tribunal Supremo del 27/06/2018 en materia de DESPIDO DISCIPLINARIO Y SANCIONES

Resumen

Un trabajador de una empresam fue liberado temporalmente de su puesto tras la finalización de un contrato con una entidad bancaria, con instrucciones de no trabajar para dicha entidad. Durante este período, inició un nuevo empleo en otra empresa del sector. Al no presentarse en su empresa original fue despedido.Tras varias sentencias en distintos tribunales el trabajador apeló esta decisión ante el Tribunal Supremo.

Supuesto de hecho

  • El trabajador venía prestando servicios para una empresa informática, con categoría profesional de informático titulado medio y una antigüedad desde el año 2008.
 
  • El 31/03/2015 la empresa informa al trabajador de que, tras la finalización el 1/04/2015 del contrato de servicios con una entidad bancaria al que estaba vinculado el trabajador, éste quedaba liberado de acudir a su puesto de trabajo desde el 1 al 24 de abril y que, en ningún caso, podría prestar servicios directa o indirectamente a la entidad bancaria.
 
  • Tras la finalización del contrato, el trabajador inició una relación contractual laboral asalariada con una nueva empresa del sector el 09/04/2015.
 
  • En fecha 24/04/2015 la empresa comunicó al trabajador que debía personarse en la sede de la empresa el día 27 a las 9 horas, no acudiendo el trabajador.
 
  • En fecha 8/05/2015 la empresa remitió al trabajador carta de despido, con efectos en esa misma fecha.
 
  • El despido fue confirmado, con declaración de su procedencia, por el Juzgado de lo Social de Madrid en primera instancia y confirmado por el TSJ de Madrid.
 
  • Contra esta resolución, el trabajador formula recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si el trabajador incumplió el requisito de la buena fe y, por tanto, su despido es procedente.
 
  • En primer lugar, el Tribunal recuerda que la relación contractual entre las partes se mantenía viva, hasta el extremo de que la empresa había librado al trabajador de prestar servicios con abono del salario, y le advertía de que no debía seguir llevando a cabo trabajos para la empresa principal, con la que había finalizado la contrata.
 
  • De la conducta del trabajador, la Sala deriva que, a pesar de seguir disfrutando del percibo del salario, el trabajador celebró un contrato de trabajo a tiempo completo para otra empleadora sin comunicación alguna a la empresa, simultaneando, por tanto, dos relaciones laborales que se solapan.
 
  • Además, el Tribunal sostiene que el trabajador no sólo no oculta esa situación y elude llevar a cabo su dimisión, sino que, terminada la licencia retribuida, deja de asistir a las instalaciones de la empresa sin justificación alguna.
 
  • Por todo ello, declara la procedencia del despido, dada la mala fe con la que obró el trabajador.

Conclusión Lexa

El Tribunal Supremo concluye que el trabajador incumplió las reglas de buena fe, al ocultar su nueva relación contractual, así como no acudir a las instalaciones de la empresa cuando es requerido. Además, la Sala determina que las reglas de la buena fe constituyen uno de los pilares sobre el que descansa la prestación laboral y de ahí que el legislador la configure en el art. 54.2 letra d) ET como incumplimiento contractual que pueden ser objeto de sanción disciplinaria por el empresario, por lo que declara la procedencia del despido.

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