El tribunal examina la impugnación de un despido disciplinario acordado frente a un conductor por la sustracción reiterada de combustible mediante el uso indebido de una tarjeta de repostaje personalizada, incluyendo repostajes realizados durante períodos de descanso semanal. A partir de los datos objetivos de consumo, los sistemas de control del vehículo y la trazabilidad de los repostajes, se considera acreditada una transgresión grave de la buena fe contractual y abuso de confianza, con un perjuicio económico relevante para la empresa.
El despido disciplinario es procedente, al quedar acreditada mediante prueba objetiva y pericial la sustracción reiterada de combustible y el uso indebido de los medios puestos a disposición del trabajador como son las tarjetas de repostaje, lo que constituye una transgresión grave y culpable de la buena fe contractual y un abuso de confianza conforme al artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores. Destacamos la importancia de los sistemas de control de flotas, y la pericial cruzando los datos de la telemetría del vehículo, el tacógrafo del camión, y las facturas con los lugares, litros e importes en concepto de combustible.
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