El TSJ de Extremadura considera que participar en un campeonato de culturismo mientras es compatible con la baja por depresión y, por tanto, no es motivo para despedir a un trabajador, al tratarse de una práctica deportiva que ayuda al tratamiento de su problema de estrés y ansiedad. En concreto la sentencia desestima el recurso interpuesto por a la empresa y califica el despido de improcedente.
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