El TSJ de Murcia considera que, cuando la decisión extintiva se funda en causa económica, y como consecuencia de tal situación no se pudiera poner a disposición del trabajador la indemnización pertinente, el empresario podrá fraccionar el pago de la misma.
El TSJ de Murcia concluye que es posible fraccionar el pago de la indemnización por despido de los trabajadores cuando se trata de un despido fundamentado en causas económicas y la empresa se encuentre en una situación de falta de liquidez acreditada.
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