El Tribunal Supremo considera que, en caso de que el trabajador relevado acceda a la jubilación antes de lo previsto, no es no es exigible formalizar un nuevo contrato de trabajo temporal con el trabajador relevista.
El Alto Tribunal considera que se ha respetado la finalidad de contrato de relevo, que llegó a su fin, tras alcanzar la trabajadora la edad de jubilación y ampliándosele la jornada, sin necesidad de formalizar un nuevo contrato.
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