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El TS considera válida la aplicación del Convenio Colectivo de ámbito superior, al haber transcurrido un año desde que caducó el convenio aplicable anterior. Además, el Tribunal asevera que la indemnización ha de calcularse de acuerdo con el Convenio Colectivo actual.
El TS estima en parte el recurso de la trabajadora al considerar que su despido es nulo y, que debe ser aplicado el Convenio Colectivo superior, al haber caducado el anterior.
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