¿Es posible aplicar el Convenio Colectivo de una empresa, cuando el anterior haya caducado hace más de un año?

Sentencia del Tribunal Supremo del 09/09/2020 en materia de CONVENIOS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA

Resumen

El TS considera válida la aplicación del Convenio Colectivo de ámbito superior, al haber transcurrido un año desde que caducó el convenio aplicable anterior. Además, el Tribunal asevera que la indemnización ha de calcularse de acuerdo con el Convenio Colectivo actual.

Supuesto de hecho

  • Una trabajadora demanda a una empresa al considerar su despido nulo, alegando que no existen causas objetivas que lo fundamenten.
  • Ante la desestimación de la demanda, tanto la trabajadora, como la empresa presentan recurso de suplicación, que es desestimado. La trabajadora alegando la nulidad del despido, y la empresa alegando que la indemnización exigida no es la correcta.

  • Ante este hecho, ambas partes recurren en casación ante el Tribunal Supremo.

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión litigiosa consiste en determinar si al haber finalizado la vigencia de un convenio colectivo, es de aplicación el nuevo convenio que ha entrado en vigor.
  • Para dilucidar este pleito el TS aplica su doctrina reciente. En ella el Tribunal establece que siempre que exista un convenio colectivo de ámbito superior, se aplicará este, una vez haya caducado el convenio anterior.

  • Además, también remarca el TS que la indemnización por despido debe ser de acuerdo con el Convenio Colectivo.

Conclusión Lexa

El TS estima en parte el recurso de la trabajadora al considerar que su despido es nulo y, que debe ser aplicado el Convenio Colectivo superior, al haber caducado el anterior.  

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