El TSJ de Canarias concluye que no es posible utilizar el contrato de sustitución para cubrir las vacaciones pendientes de disfrutar de la trabajadora sustituida.
El TSJ de Canarias estima el recurso de la trabajadora y establece que, en base al artículo 15.2 ET, el contrato de sustitución celebrado por causa de una situación de IT no puede alargarse para cubrir las vacaciones de la persona sustituida.
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