Una trabajadora fue despedida bajo el argumento de que su puesto no era
necesario. Aunque la empresa ofreció una indemnización reconociendo la
improcedencia del despido, la trabajadora recurrió.
El tribunal determinó que el despido de la trabajadora, justificado únicamente por la no necesidad de su puesto, fue declarado improcedente, no nulo. Conforme a la reforma laboral de 2010, el incumplimiento de los requisitos formales en un despido objetivo, como no respetar el plazo de preaviso, resulta en la obligación de la empresa de abonar los salarios correspondientes a dicho periodo. Por lo tanto, el Tribunal condenó a la empresa al pago de estos salarios, además de la indemnización ya ofrecida por la improcedencia del despido.
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