Entiende la Audiencia Nacional que la percepción del plus de transporte de manera proporcional al tiempo trabajado es posible en los supuestos en los que el trabajador acude un menor número de días al centro de trabajo para realizar su jornada laboral, pero nunca cuando a pesar de tener un contrato a tiempo parcial, acuda los mismos días a trabajar que un trabajador a tiempo completo.
¿Te queda alguna duda? Resuélvela al momento
Haga click en el código roj y será copiado a su portapapeles.
Péguelo en el campo Nº ROJ de la página del CENDOJ para realizar la búsqueda.