¿Es Legal que una Empresa Sustituya las Nóminas en Papel por Formato Digital?

Conflicto Digital vs. Papel: Demanda Sindical por la Entrega de Nóminas Digitales sin Cumplir Requisitos Legales

Sentencia del Audiencia Nacional del 09/12/2010 en materia de SALARIO

Resumen

Una empresa cambió la entrega de recibos de salarios de papel a formato digital accesible en una web con claves personales. Ante la negativa de la empresa a volver al formato papel tras ser solicitado por la sección sindical, esta última interpuso una demanda de conflicto colectivo.

Supuesto de hecho

  • Desde enero de 2010 la empresa dejó de entregar en soporte papel el recibo de salarios sustituyéndolo por soporte magnético en una página web a la que los trabajadores pueden tener acceso con clave personalizada, bien a través de su ordenador personal, bien por vía de los ordenadores de la empresa situados en las Salas de la empresa.
  • La sección sindical requirió a la empresa que mantuviera la entrega en soporte papel tal y como venía haciendo hasta ese momento. La empresa reiteró que mantendría el soporte telemático.
  • La sección sindical interpuso demanda en materia de conflicto colectivo a los fines de que la empresa entregara las nóminas en formato papel como anteriormente lo hacía.

Consideraciones jurídicas

  • La sentencia, en primer lugar analiza el artículo 29-1º ET, que establece que los recibos de salarios se deben ajustar al modelo aprobado por el Ministerio, salvo que por Convenio Colectivo o, en su defecto por acuerdo entre empresa y la representación de sus trabajadores se establezca otro que contenga claramente y de forma separada los conceptos abonados. Igualmente, analiza la Orden Ministerial de  27-12-94 por la que se aprobó el mencionado recibo oficial, que contiene mención expresa a la : "FIRMA Y SELLO DE LA EMPRESA"
  • En segundo lugar, estableció que la forma en la que la empresa documenta el pago de salarios (vía telemática) provoca que la nómina deje de tener el valor procesal de documento privado ya que la falta de la firma y el sello de la empresa desborda así la característica de elemento accesorio, porque precisamente el recibo justificante del abono de salarios, en el duplicado para el trabajador, tiene una clara vocación de elemento probatorio tanto del importe abonado como de los conceptos concretos salariales que determinan la suma final a pagar.
  • Por ello, la sentencia concluye que la decisión empresarial priva al conjunto de sus trabajadores de un mecanismo de prueba que la ley establece, sin que conste en este caso que por Convenio Colectivo o pacto colectivo se determinara lo contrario.

Conclusión Lexa

La sentencia concluye que la empresa vulneró la normativa al sustituir los recibos de salario en papel por formatos digitales sin cumplir con los requisitos legales de firma y sello, privando así a los trabajadores de un documento probatorio esencial, en ausencia de un acuerdo colectivo que respalde dicho cambio.

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