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Finalmente, en el presente caso la sentencia concluye diciendo que es evidente que entre el complemento de antigüedad y el complemento personal convenido no existe homogeneidad, y lo mismo ocurre en el caso al derecho a percibir un salario base superior por haber ascendido de categoría. Por lo que que no procede la compensación y absorción del salario base superior por ascenso de categoría.
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