Es Legal Imponer Vacaciones en Agosto por Ahorro Empresarial
Decisión Empresarial sobre Vacaciones de Agosto: Criterios Legales y Ahorro
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del 24/11/2011 en materia de OTRAS CUESTIONES
Resumen
La empresa notificó a sus trabajadores vía email que debían tomar
vacaciones obligatorias en agosto como parte de medidas de ahorro,
cerrando el edificio en esos días.
Supuesto de hecho
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Los trabajadores reciben un correo electrónico, cuyo asunto era "vacaciones", por medio del cual se les comunica que, para contribuir a las medidas de ahorro del gasto corriente, el edificio permanecerá cerrado por vacaciones unos días en agosto.
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Además, se añade que se hace necesario ordenar las vacaciones en el centro directivo para adaptarlas a esta circunstancia, de forma que durante el citado período todo el personal deberá necesariamente disfrutar de ellas, pudiendo decidir si disfruta del resto del periodo vacacional.
Consideraciones jurídicas
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La posibilidad de decisión empresarial, para determinar el período de disfrute de las vacaciones, a falta de pacto con la parte social, y siempre que concurran causas productivas ha sido admitida por la jurisprudencia.
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El art. 26.6 no se aplica única y exclusivamente a los empleados de plantilla que solicitaron voluntariamente que se les pasase a realizar las «jornadas y horarios singulares», ni prohíbe la aplicación de la misma a otros trabajadores.
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Ante la falta de acuerdo entre las partes, ha de ponderarse si el calendario vacacional presentado por la empresa obedece a razones arbitrarías de la misma o, por contra, a serias motivaciones dignas de protección.
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En el presente caso, el Tribunal consideró que no puede ser calificada como arbitraria o caprichosa, sino enteramente razonable, al obedecer a un interés evidente en no paralizar la producción derivado del incremento de la demanda, reducción de "stocks" y necesidad de un suministro continuo como proveedor.
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Por tanto, si la jurisprudencia admite la denegación de vacaciones para poder cubrir las necesidades productivas de la empresa, es posible asignar parte de las vacaciones en un periodo cierto para garantizar la presencia de la plantilla coincidiendo con fases del proceso productivo de mayor actividad.
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Asimismo, la causa económica, el ahorro que supone el cierre del edificio durante el periodo de agosto, refuerza la causa productiva de la baja actividad.
(Ver Sentencia Completa)
Conclusión Lexa
El Tribunal reconoce que la empresa puede legalmente determinar un periodo específico de
vacaciones en agosto para todos los empleados, basándose en causas
productivas y económicas, como el ahorro y la necesidad de mantener la
continuidad de la producción.