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Un organismo público interpone recurso de casación frente a la estimación en primera instancia y en suplicación de la demanda de una trabajadora que reclama que la extinción de su contrato laboral ha sido ilícita. El TS resuelve estimando el recurso por considerar correcta la extinción del contrato de interinidad, al entender que se prevé en dicho contrato su extinción en el momento en el que otro trabajador ocupa la plaza vacante en cuestión con independencia de que dicho trabajador entre en excedencia o demás vicisitudes que pueden darse posteriormente a la ocupación.
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación, y desestima la demanda de la trabajadora, declarando que la relación laboral entre las partes se ha extinguido de forma correcta, por entender que el contrato de interinidad contempla su extinción en el momento en el que otro trabajador ocupa la plaza vacante en cuestión con independencia de que dicho trabajador entre en excedencia o demás vicisitudes que pueden darse posteriormente a la ocupación.
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