¿Es accidente de trabajo el ictus sufrido por una trabajadora tras la discusión con su jefe?

¿Es accidente de trabajo el ictus sufrido por una trabajadora tras la discusión con su jefe?
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia del 24/06/2024 en materia de ACCIDENTE DE TRABAJO

Resumen

El TSJ de Galicia reconoce como accidente laboral el ictus que sufrió una peluquera tras mantener una discusión con su jefe.

Supuesto de hecho

  • El trabajador venía prestando servicios para la empresa con la categoría profesional de peluquera.
  • El 30/10/2021, la trabajadora se encontraba trabajando en la peluquería cuando tuvo una discusión muy fuerte con su jefe.
  • En este momento, la trabajadora notó como se le ponía el barco y la pierna rígida, lo cual hizo que llamara a su padre para acudir a urgencias.
  • Tras detectarle un primer cuadro de ansiedad, acudió a la tarde a urgencias ya que los síntomas persistían siendo diagnosticada con un ictus hemorrágico.
  • Fue dada de baja por incapacidad temporal el 2 de noviembre de 2021 por contingencia común. 
  • La trabajadora, al considerar que se trata de un accidente laboral, plantea recurso ante los tribunales. 

Consideraciones jurídicas

  • La cuestión objeto de litigio es determinar si se trata o no de accidente laboral el ictus sufrido por la trabajadora tras una discusión con su jefe durante su jornada laboral.
  • En primer lugar, el artículo 156 de la LGSS define el accidente de trabajo como la lesión que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
  • Razona la sentencia que, por tanto, es necesario que la patología que sufre el trabajador aparezca vinculada a la efectiva prestación de servicios. 
  • Argumenta la sentencia que a paralización del brazo y de la pierna sentidas en lugar y tiempo de trabajo no cabe duda de que son consecuencias del ictus hemorrágico.
  • El tribunal determina que claramente el ictus se originó en el lugar y tiempo de trabajo, motivado por el estrés y «a tensión propia tras una discusión.
  • Por lo tanto, los tribunales declaran que debe ser considerado como accidente de trabajo. 

Conclusión Lexa

El TSJ de Galicia declara accidente de trabajo el ictus sufrido por una peluquera tras una discusión con su jefe al quedar acreditado que se produjo en tiempo y lugar de trabajo y que vino producido por la discusión. 

Enlace

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