El Juzgado concluye que la empresa vulneró el derecho a la integridad física y moral de una trabajadora al enviarle correos electrónicos mientras estaba de baja médica por ansiedad. Aunque la empresa argumentó que eran correos generales enviados a otros empleados y que la trabajadora no estaba obligada a responder, el tribunal considera que esto contribuyó a su estrés y afectó su salud. La empresa es condenada a indemnizar a la trabajadora con 1.500 euros por daños y perjuicios.
La sentencia reafirma el derecho a la desconexión digital, especialmente durante una baja médica. En concreto, se reconoce que la empresa vulneró el derecho a la integridad física y moral de la trabajadora al no evitar que recibiera correos electrónicos en un momento en el que debía estar completamente desconectada de su actividad laboral. Se refuerza así la obligación empresarial de proteger la salud de sus empleados mediante medidas efectivas que garanticen el respeto a su descanso y eviten cualquier presión que afecte su recuperación.
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