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Una trabajadora solicita una adaptación de jornada para conciliar con el cuidado de sus hijos. La empresa no acepta su propuesta, pero ofrece otras alternativas. El tribunal concluye que la empresa cumple su obligación de negociar si justifica adecuadamente su negativa y ofrece propuestas razonables. La decisión debe tomarse respetando tanto las necesidades del trabajador como el derecho de los demás trabajadores y la organización del servicio.
El derecho a solicitar una adaptación de jornada por conciliación no implica que la empresa deba aceptar automáticamente la propuesta del trabajador. Es válida su negativa si está motivada en razones organizativas objetivas y se ofrecen alternativas razonables. Este equilibrio debe lograrse respetando tanto las necesidades familiares del solicitante como el funcionamiento del servicio y los derechos del resto de la plantilla.
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