Una trabajadora, que reconoció haber sustraído productos y copiado la llave de la caja fuerte, demanda con posterioridad a la empresa por coacciones al redactar su baja voluntaria ante las pruebas mostradas.
La conclusión de esta sentencia subraya que la baja voluntaria firmada por la trabajadora bajo circunstancias de presión no constituye automáticamente un vicio de consentimiento que invalide el acto, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo. En este caso particular, la demanda de la trabajadora fue desestimada al no probarse suficientemente que su consentimiento fue viciado al nivel que la ley requiere para considerar su baja nula.
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