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Una trabajadora reclama el plus de transporte y el complemento personal que ha dejado de percibir ante una subrogación empresarial. El Tribunal Supremo determina que la empresa cesionaria, debe abonar a los trabajadores el plus de transporte, en tanto que dicho complemento lo venían percibiendo en la empresa cedente.
El Tribunal Supremo considera que los trabajadores que sean contratados por la nueva empresa deben hacerlo bajo las mismas condiciones en las que estaban en la empresa principal. Por tanto, la trabajadora tendrá derecho a percibir el complemento personal, además del plus de transporte, solo que ahora lo hará de manera anual.
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